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Resolución de Alcaldía | Reapertura de la Casa de Cultura

27/07/2020

Pongo en su conocimiento que el Alcalde ha dictado la resolución cuyo tenor literal se transcribe a continuación:


“Resolución de 22 de julio de 2020 del Alcalde del M.I. Ayuntamiento de Tafalla por la que se autoriza la reapertura parcial de la Casa de Cultura Garcés de los Fayos.


Mediante Resolución de 13 de marzo de 2020 del Alcalde del M.I. Ayuntamiento de Tafalla, se dictan criterios e instrucciones como consecuencia de la situación y evolución del coronavirus (COVID-19) en relación con los eventos e instalaciones públicas, medidas a las que se les atribuyó la condición de revisables en atención a la evolución de los casos o de otras medidas que se vayan tomando según criterios epidemiológicos.


Entre las medidas adoptadas en la citada Resolución se encuentra el cierre de la Casa de Cultura.


Mediante Real Decreto-Ley 21/2020, de 9 de junio, de medidas urgentes de prevención, contención y coordinación para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 se adoptan medidas preventivas mientras no sea declarada oficialmente la finalización de la crisis sanitaria, dejando a las Comunidad Autónomas la competencia para el establecimiento de dichas medidas.


El artículo 14 de la citada norma, establece que “Las administraciones competentes deberán asegurar el cumplimiento por los titulares de equipamientos culturales, tales como museos, bibliotecas, archivos o monumentos, así como por los titulares de establecimientos de espectáculos públicos y de otras actividades recreativas, o por sus organizadores, de las normas de aforo, desinfección, prevención y acondicionamiento que aquellas determinen”.


Por tanto, debe tenerse en cuenta que, a pesar de haberse superado la fase 3 del Plan para la Transición hacia una nueva normalidad, que implica que quedan sin efecto las medidas adoptadas durante el estado de alarma, se deben adoptar medidas preventivas adicionales mientras no sea declarada oficialmente la finalización de la crisis sanitaria, con el establecimiento de un deber general de cautela y protección que afiance comportamientos de prevención del conjunto de la población.


Mediante Acuerdo del Gobierno de Navarra de 19 de junio de 2020 por el que se declara la entrada de la Comunidad Foral de Navarra a la nueva normalidad, se dictan medidas de prevención necesarias para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, una vez superada la fase 3 del Plan para la transición hacia una nueva normalidad, entre las que se encuentran las destinadas a los equipamientos y actividades culturales.


El citado acuerdo establece medidas generales de higiene y protección para todas las actividades y medidas adicionales de prevención y aforo por sectores, incluidos los equipamientos culturales. Visto el informe propuesta del Coordinador de Cultura, del Director de la Escuela Municipal de Música, con el visto bueno del Concejal Delegado de Cultura, y en virtud de las competencias que tengo atribuidas de conformidad con lo dispuesto en la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, el Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales y demás normativa de general aplicación,


HE RESUELTO:


Primero.- Autorizar la reapertura parcial del Centro de Cultura Garcés de los Fayos desde el día 24 de julio (incluido) bajo las siguientes condiciones:


Condiciones generales


En todo momento se cumplirá las medidas de higiene y protección establecidas en el Acuerdo del Gobierno de Navarra de fecha 19 de junio de 2020 y cuantas medidas específicas se establezcan o establecieran por las autoridades competentes.


Todo ello sin perjuicio de las normas o protocolos específicos que se establezcan para esta actividad en concreto, pudiendo llegar a la anulación de actividades y cierre del edificio si son impeditivas de tal uso.


Condiciones específicas del Centro de Cultura.


Medidas preventivas


1- Distancia de seguridad interpersonal: En todo el edificio se deberá mantener la distancia de seguridad interpersonal que será de, al menos, 1,5 metros o, en su defecto, medidas alternativas de protección física con el uso obligatorio de mascarilla en todo el edificio exigible, de conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto-ley 21/2020, de 9 de junio, de medidas urgentes de prevención, contención, y coordinación para hacer frente a la crisis sanitaria originada por COVID-19.


2- Tareas de limpieza y desinfección: Como norma general se procederá a realizar una limpieza y desinfección de los locales, materiales y utillaje después de su utilización y antes del siguiente uso. En las tareas de limpieza y desinfección se prestará especial atención a las zonas de uso común y a las superficies de contacto más frecuentes como pomos de puertas, mesas, muebles, pasamanos, suelos, teléfonos, perchas y otros elementos de similares características, conforme a las siguientes pautas:



  • a) Se utilizarán desinfectantes como diluciones de lejía (1:50) recién preparada o cualquiera de los desinfectantes con actividad viricida que se encuentran en el mercado y debidamente autorizados y registrados. En el uso de ese producto se respetarán las indicaciones de la etiqueta.

  • b) Se colocarán a la entrada y salida dispensadores hidroalcohólicos siendo obligatorio su uso tanto a todos los usuarios que acudan a la Casa de Cultura.

  • c) Después de cada limpieza, los materiales empleados y los equipos de protección utilizados se desecharán de manera segura, procediéndose posteriormente al lavado de manos. Las medidas de limpieza se extenderán también, en su caso, a zonas privadas de los trabajadores, tales como vestuarios, taquillas, aseos, y áreas de descanso. Asimismo, cuando existan puestos de trabajo compartidos por más de un trabajador, se establecerán los mecanismos y procesos oportunos para garantizar la higienización de estos puestos.

  • d) Se procurará que los equipos o herramientas empleados sean personales e intransferibles, o que las partes en contacto directo con el cuerpo de la persona dispongan de elementos sustituibles. En el caso de aquellos equipos que deban ser manipulados por diferente personal, se procurará la disponibilidad de materiales de protección o el uso de forma recurrente de geles hidroalcohólicos o desinfectantes con carácter previo y posterior a su uso.

  • e) Se realizarán tareas de ventilación periódica en las instalaciones y, como mínimo, de forma diaria y durante el tiempo necesario para permitir la renovación del aire.

  • f) Utilización del ascensor: Para el desplazamiento entre pisos se utilizarán preferentemente las escaleras. Cuando sea necesario utilizar el ascensor, su ocupación máxima será de una persona, salvo que se trate de personas convivientes o que empleen mascarillas todos los ocupantes.

  • g) Se reforzará la limpieza y desinfección de aseos, vestuarios y camerinos garantizando siempre el estado de salubridad e higiene de los mismos. Se dispondrá de papeleras para depositar pañuelos y cualquier otro material desechable, que deberán ser limpiadas de forma frecuente y, al menos, una vez al día.

  • h) Antes de cada utilización se limpiarán las zonas destinadas a público con un desinfectante doméstico que contenga lejía comercial diluida (20 ml en 1 litro de agua) preparado el mismo día que se va a utilizar. Se aplicará con un trapo húmedo sin pulverizar.


3- Medidas adicionales de higiene y prevención comunes a colectivos artísticos: Además de las medidas generales de higiene y prevención previstas, serán aplicables a los colectivos artísticos que desarrollen actos y espectáculos culturales las siguientes medidas:


Cuando haya varios artistas de forma simultánea en el escenario, la dirección artística procurará que se mantenga la distancia interpersonal de seguridad en el desarrollo del espectáculo.


En aquellas actuaciones o espectáculos en los que no se pueda mantener dicha distancia de seguridad, ni el uso de equipos de protección adecuados al nivel de riesgo, como es el caso de aquellos en los que intervengan actores y actrices, se atenderá a medidas de seguridad diseñadas para cada caso particular a partir de los protocolos y recomendaciones de las autoridades sanitarias.


Tanto en las representaciones como en los ensayos se garantizará la limpieza y desinfección de todas las superficies e instrumentos con los que puedan entrar en contacto las y los artistas antes de cada representación o ensayo.


El vestuario no se compartirá en ningún momento por diferentes artistas si no se ha realizado una limpieza previa a su utilización.


4- Utilización de las salas de ensayo de la Casa de Cultura Garcés de los Fayos: Los grupos culturales y musicales que utilizan las salas de ensayos de la Casa de Cultura deberán comunicar con antelación su intención de usar su local facilitando a la conserjería de la Casa de Cultura su calendario de ensayos en el que figure días y horario de entrada y salida. Como norma general no se podrá utilizar el local de ensayos por dos grupos distintos el mismo día para lo que se establecerá con carácter previo un calendario.


Se establecerá en cada sala el aforo máximo permitido, aforo que en ningún caso se podrá sobrepasar por parte de los grupos quienes estarán obligados a mantener las medidas de distanciamiento y de protección sanitaria implementadas en el Centro.


5- Medidas para el público asistente a espectáculos y reuniones.



  • a) Es obligado el uso de gel hidroalcohólico para la limpieza de manos tanto a la entrada como a la salida.

  • b) Se establecerán y marcarán circuitos de entrada y salida para evitar contactos innecesarios

  • c) El público asistente está obligado a mantener la distancia de distancia de seguridad mínima de 1,5 metros de distancia.

  • d) El uso de la mascarilla es obligatorio tanto en salas de uso común como en los espectáculos.

  • e) La apertura de puertas se realizará con antelación suficiente para permitir acceso escalonado adoptando las medidas organizativas necesarias para ello. La salida del público también deberá realizarse de forma escalonada, por zonas, garantizando la distancia entre las personas. Las mismas medidas se aplicarán en caso de pausas intermedias en los espectáculos, no recomendándose las mismas.

  • f) Todos los espectáculos tendrán una entrada numerada y preasignada con un máximo de aforo de 75%.


6- Escuela de Música.


La Escuela Municipal de Música, durante este verano, permanecerá cerrada para el estudio de instrumentos como el piano y los instrumentos de percusión que dispone el centro. Por seguridad higiénica se ha decidido que esté cerrada para el alumnado y no se corre ningún peligro de contagio para el mismo.


Segundo.- Dar traslado de la presente resolución al Concejal Delegado de Cultura, al Coordinador de Cultura, al Director de la Escuela de Musica, al servicio de limpieza del edificio para su cumplimiento y efectos, así como a Intervención y Policía Municipal de Tafalla a los efectos de su conocimiento.


Tercero.- Dar publicidad por los cauces habituales de la presente Resolución para general conocimiento y cumplimiento por parte de las personas usuarias del centro y sus actividades. “


La Secretaria Municipal. Nekane Agreda Arróniz


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